La solicitud deberá ir acompañada de los documentos que se enumeran a continuación:
A.
Acreditación del solicitante:
Los solicitantes, según su tipología, deberán presentar los documentos que se detallan en su apartado:
A1 Empresa individual:
a) N.I.F.
b) Documento acreditativo de la constitución de la entidad debidamente registrada.
c) Documento acreditativo de las personas apoderadas o persona apoderada única quien/es actúa/n en su nombre, a mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, entre otros:
c.1) Mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal en las oficinas de asistencia en materia de registros o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica o sede electrónica asociada.
c.2) Mediante acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente o en sus registros particulares de apoderamientos.
c.3) Mediante un certificado electrónico cualificado de representante.
c.4) Mediante documento público cuya matriz conste en un archivo notarial o de una inscripción practicada en un registro mercantil.
c.5) En el caso de actuaciones en nombre de persona jurídica, la capacidad de representación podrá acreditarse también mediante certificado electrónico cualificado de representante, entendiéndose en tal caso que el poder de representación abarca cualquier actuación ante cualquier Administración Pública.
d) D.N.I. o Tarjeta de Identidad de Extranjero del/de la personas apoderadas o persona apoderada única. No será necesario la aportación del DNI si la persona interesada presta su consentimiento expreso para que sus datos de identidad personal puedan ser consultados por la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
A2 Agrupación empresarial sin personalidad jurídica:
a) D.N.I. de la persona apoderada única de la agrupación. No será necesario la aportación del DNI si la persona interesada presta su consentimiento expreso para que sus datos de identidad personal puedan ser consultados por la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
b) Documento acreditativo de la constitución de cada una de las empresas agrupadas.
c) Acuerdo firmado por todas las personas representantes de las empresas (tienen que ser personas apoderadas), que compongan la agrupación. El acuerdo debe incluir, como mínimo, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a ejecutar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de empresas y agrupaciones beneficiarias.
d) Los poderes bastantes de la persona apoderada única de la agrupación.
A3 Agrupación de empresas con personalidad jurídica propia:
a) NIF de la nueva sociedad constituida.
b) Documento acreditativo de la constitución de la entidad debidamente registrada.
c) Documento acreditativo de la representación de las personas quien/es actúa/n en su nombre.
A4 En el supuesto de la empresa o agrupación disponga de una filial en el exterior que, en el desarrollo del proyecto de promoción exterior, vaya a asumir determinados gastos, deberá presentar la siguiente documentación, y hacer constar en la solicitud de subvención el nombre de las sucursales o filiales acreditadas:
a) Documento acreditativo de la razón social de la filial.
b) Documento acreditativo de la constitución de la entidad debidamente registrada, según la normativa del país en que ésta se hubiera implantado.
c) Documento acreditativo de la condición de filial, indicando la composición del capital, así como el porcentaje en el mismo que la empresa/agrupación controle, que, en todo caso, deberá ser superior al 50%. Declaración jurada por parte de la persona representante de la empresa/agrupación de la condición de filial que cumple con lo requerido en párrafos anteriores para hacerse constar a todos los efectos.
A5 En el caso de persona autónoma presentará su D.N.I. y el alta como autónomo.
En caso de haber aportado esta documentación en ediciones anteriores y si no ha habido modificación en la misma, podrán presentar declaración jurada de no variación en el documentación que consta es su expediente de la edición anterior.
B.
Memoria Técnica del Proyecto de promoción exterior:
- Los Anexos 2.1, y 2.2, 2.3, corresponden a la solicitud y memoria técnica de los proyectos (nuevos y de consolidación, respectivamente) de la línea Canarias Aporta.
- Los Anexos 2.3, 2.4, 2.5 y 2.6 corresponden a la solicitud y memoria técnica de los proyectos (nuevos y de consolidación, respectivamente) de la línea Aporta Digital.
C.
El cuestionario de Solvencia Técnica recogido en el Anexo 3 está dirigido a la valoración de los proyectos nuevos del Canarias Aporta y para el Aporta Digital.
D.
El cuestionario de análisis de resultados para valoración de proyectos de consolidación del Canarias Aporta y para el Aporta Digital (Anexo 5).
E.
Las cuentas anuales del último ejercicio fiscal depositadas por la empresa en el Registro Mercantil o registro correspondiente y el último Modelo 200. En el caso de agrupación, si ésta no tiene personalidad jurídica definida, se presentará la mencionada documentación de todas las empresas que la conforman.
En el caso de personas autónomas presentaran su última declaración de la renta (IRPF).
F.
Las empresas o agrupaciones que presenten proyectos bajo la modalidad de consolidación deberán aportar certificación de la Seguridad Social y RNT (relación nominal de trabajadores), y los nuevos contratos de trabajo (si los hubiera), así como las cinco (5) últimas nóminas y justificantes de pago del Export Manager en origen o persona experta en digitalización en origen (en caso de contestar en la memoria que cumple este punto).
Además, la empresa o agrupación empresarial aportará una certificación acreditativa firmada por su representante legal, que contenga las respuestas consignadas en la memoria técnica de desarrollo del proyecto a subvencionar cumplimentada en el aplicativo de gestión de esta subvención.
G.
Las empresas o agrupaciones que soliciten subvención para proyectos de la línea Aporta Digital deberán aportar, además, la relación nominal de trabajadores (RNT) actualizada y un certificado emitido por el representante legal de la entidad, relativo a la cifra de ingresos y que incluya la dirección de la página web o aplicación móvil donde se encuentren los productos o servicios ofertados por la entidad.
H.
La entidad colaboradora podrá requerir cualquier otra documentación complementaria que se estime conveniente para la correcta definición y evaluación del proyecto presentado, así como los criterios de validación y acreditación a efectos de contrastar la autenticidad de la información aportada.