En el caso de que resulte beneficiaria de la subvención deberá:
- Presentar la aceptación expresa de la subvención de acuerdo con el Anexo 6 de esta Orden, en el plazo de 5 días a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución provisional de la concesión de la subvención o su publicación en sede https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/
- En el supuesto que una empresa individual o en agrupación se incluya como beneficiaria en la resolución definitiva, esta tendrá que aceptar en el plazo de 5 días, a contar desde el día siguiente a la notificación o su publicación en sede https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/ de la resolución definitiva de la concesión de la subvención.
En caso de que no se otorgue la aceptación dentro del referido plazo, se entenderá que la empresa interesada no acepta la subvención.
- También aportarán si no lo han presentado con la solicitud Documento acreditativo de estar dado de alta como tercero en el sistema de información económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias. Procedimientos y servicios - Sede electrónica del Gobierno de Canarias