El inicio del plazo para realizar la actividad y para considerar los gastos subvencionables comenzará el 1 de noviembre del ejercicio anterior para el que se convoca la concesión de las subvenciones.
El proyecto subvencionado deberá estar ejecutado y justificado el 31 de octubre del año siguiente al que se refiere la convocatoria, excepto para la auditoría limitada y su factura original, así como el pago efectivo de la misma, que tendrá un plazo adicional de siete días hábiles.
En esta edición 2023 los gastos elegibles y que no hayan sido financiados por otras fuentes desde el 1 de noviembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2024.
Cuando el plazo de ejecución para el que se convoca la ayuda coincida con el cierre del Programa FEDER que financia esta subvención, el proyecto subvencionado deberá estar ejecutado y justificado antes del 30 de abril del año de cierre de dicho Programa.