25. ¿Cuándo se abonará la subvención?

El abono será anticipado después de la publicación de la resolución definitiva de beneficiarios.

Las subvenciones se abonarán anticipadamente mediante pago del 50% del importe total concedido, no exigiéndose garantías.

El abono anticipado estará condicionado a que la beneficiaria no tenga otras subvenciones con abono anticipado pendientes de justificación cuyo plazo haya transcurrido sin haberse presentado la misma o tenga reintegros de subvenciones pendientes en los dos ejercicios inmediatos anteriores al que ahora se concede.

Y se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución firme de procedencia de reintegro.