En los pagos en efectivo por importe inferior a quinientos euros (500€), la salida material de fondos se justificará mediante la presentación de la documentación acreditativa del recibí por parte del acreedor, debidamente firmado y fechado. Solo se admitirá el pago en metálico de facturas o documentos justificativos del gasto con un importe máximo de tres mil euros (3.000€) por proyecto y en los siguientes casos:
- a) Cuando sea necesario el abono de pequeñas cantidades, como es el caso de taxis, bus, metro y gastos similares, se aportará el tique o factura correspondiente.
- b) En el supuesto en que los usos y costumbres de un país no permitan realizar pagos a través de medios electrónicos, la empresa o agrupación solicitará autorización previa a la entidad colaboradora para realizar el pago en efectivo, en caso de que su importe sea superior a quinientos euros (500€).
La posibilidad de realizar pagos en efectivo se limita a los gastos efectuados en los mercados de destino localizados en África o Latinoamérica.