60. ¿Puedo justificar la actividad subvencionada fuera de plazo? ¿Qué pasa si no presento ninguna documentación justificativa en el plazo estipulado?

Transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado la misma, el órgano concedente requerirá la empresa beneficiaria, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de justificación, para que en el plazo improrrogable de 15 días, a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación del requerimiento, aporte la justificación, con indicación de que la falta de presentación conllevará la no exigibilidad de la subvención o la exigencia, en su caso, del reintegro.