La solicitud deberá ir acompañada de los documentos que se enumeran a continuación:
A. Acreditación del solicitante:
Los solicitantes, según su tipología, deberán presentar los documentos que se detallan en su apartado:
A1. Empresa individual:
- CIF.
- Documento acreditativo de la constitución de la entidad debidamente registrada.
- Documento acreditativo de las personas apoderadas o persona apoderada única quien/es actúa/n en su nombre.
- DNI o Tarjeta de Identidad de Extranjero del/de la personas apoderadas o persona apoderada única.
A2. Agrupación empresarial sin personalidad jurídica:
- DNI de la persona apoderada única de la agrupación.
- Documento acreditativo de la constitución de cada una de las empresas agrupadas.
- Acuerdo firmado por todas las personas representantes de las empresas (tienen que ser personas apoderadas), que compongan la agrupación. El acuerdo debe incluir, como mínimo, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a ejecutar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de empresas beneficiarias.
- Los poderes bastantes de la persona apoderada única de la agrupación.
A3. Agrupación de empresas con personalidad jurídica propia:
- CIF de la nueva sociedad constituida.
- Documento acreditativo de la constitución de la entidad debidamente registrada.
- Documento acreditativo de la representación de las personas quien/es actúa/n en su nombre.
A4. En el supuesto de la empresa o agrupación disponga de una filial en el exterior
que, en el desarrollo del proyecto de promoción exterior, vaya a asumir determinados gastos, deberá presentar la siguiente documentación, y hacer constar en la solicitud de subvención el nombre de las sucursales o filiales acreditadas:- Documento acreditativo de la razón social de la filial.
- Documento acreditativo de la constitución de la entidad debidamente registrada, según la normativa del país en que ésta se hubiera implantado.
- Documento acreditativo de la condición de filial, indicando la composición del capital, así como el porcentaje en el mismo que la empresa/agrupación controle, que, en todo caso, deberá ser superior al 50%. Declaración jurada por parte de la persona representante de la empresa/agrupación de la condición de filial que cumple con lo requerido en párrafos anteriores para hacerse constar a todos los efectos.
EN CASO DE HABER APORTADO ESTA DOCUMENTACIÓN EN EDICIONES ANTERIORES Y SI NO HA HABIDO MODIFICACIÓN EN LA MISMA, PODRÁN PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA DE NO VARIACIÓN EN EL DOCUMENTACIÓN QUE CONSTA ES SU EXPEDIENTE DE LA EDICIÓN ANTERIOR.
B. Memoria Técnica del Proyecto de promoción exterior:
(SE CUMPLIMENTA DIRECTAMENTE EN EL APLICATIVO)
- La memoria técnica del proyecto, reflejada en los Anexos 2.1, 2.2 y 2.3, corresponden a los proyectos Canarias Aporta.
- Los Anexos 2.4, 2.5 y 2.6 corresponden a la memoria técnica de los proyectos Aporta Digital.
- Los Anexos 2.7., 2.8 y 2.9 corresponden a la memoria técnica de los proyectos Aporta Competitividad, siendo los anexos de solicitud los mismos que para Canarias Aporta, Aporta Digital y Aporta Competitividad.
C. El cuestionario de Solvencia Técnica
recogido en el Anexo 3 está dirigido a la valoración de los proyectos nuevos del Canarias Aporta y para Aporta Digital. El del Anexo 4 se utilizará para la valoración de los proyectos nuevos dirigidos al Aporta Competitividad. (SE CUMPLIMENTA DIRECTAMENTE EN EL APLICATIVO).
D. Las cuentas anuales
del último ejercicio fiscal depositadas por la empresa en el Registro Mercantil y el último Modelo 200. En el caso de agrupación, si ésta no tiene personalidad jurídica definida, se presentará la mencionada documentación de todas las empresas que la conforman la agrupación.
E. documentación acreditativa de la formación/ experiencia en digitalización empresarial
Se presentará con la solicitud la documentación acreditativa de la formación/ experiencia en digitalización empresarial, en caso de tenerla, a la que se hace referencia en la base 7, cuando se trate de proyectos que opten al Aporta Digital.
La entidad colaboradora podrá requerir cualquier otra documentación complementaria que se estime conveniente para la correcta definición y evaluación del proyecto presentado, así como los criterios de validación y acreditación a efectos de contrastar la autenticidad de la información aportada.