La Zona Especial Canaria (ZEC) es un instrumento económico creado con la finalidad de promover el desarrollo económico y social del Archipiélago y la diversificación de su estructura productiva.
Los requisitos que deben cumplir las empresas para acogerse a la ZEC son los siguientes:
- Ser una entidad de nueva creación con domicilio y sede de dirección efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC.
- Residir al menos uno de los administradores en Canarias.
- Realizar una inversión mínima de 100.000 euros (en Gran Canaria y Tenerife) o 50.000 euros (en el resto de islas) en activos fijos afectos a la actividad dentro de los dos primeros años, a partir de la inscripción en el ROEZEC (Registro Oficial de Entidades ZEC).
- Crear, al menos, cinco puestos de trabajo (en Gran Canaria y Tenerife) o tres (en el resto de islas) durante los primeros seis meses a partir de la inscripción en el ROEZEC y mantener este promedio durante el disfrute de los beneficios.
- Desarrollar actividades permitidas en el ámbito de la ZEC.
- Presentar una Memoria descriptiva de las actividades económicas a desarrollar, que justifique su solvencia, viabilidad, competitividad y su contribución al desarrollo económico y social de Canarias.
Estas entidades contarán con las siguientes ventajas:
- Las entidades ZEC están sujetas al Impuesto sobre Sociedades vigente en España, pero a un tipo impositivo reducido del 4% aplicable hasta un tope de base imponible (frente al 25% que es la media europea).
- Quedan exentos de retención los dividendos distribuidos por filiales entidades ZEC a sus sociedades matrices en otro país de la Unión Europea gracias a la directiva Matriz-Filial y con el resto de los países con los que España haya firmado un convenio para evitar la doble imposición (más de cincuenta países).
- Exención de tributación en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Exención del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) (equivalente al IVA) para las entregas de bienes y prestaciones de servicios entre entidades ZEC, y a las importaciones.
La ZEC se extiende por todo el territorio canario con determinadas particularidades:
- En el caso de las empresas cuyo objeto sea la realización de actividades de servicios, podrán establecerse en cualquier parte del territorio.
- Cuando se trate de empresas cuyo objeto sea la producción, transformación, manipulación y/o comercialización de mercancías, su área de establecimiento quedará restringida a las zonas acotadas y destinadas a tal efecto.